Sunday, June 3, 2012

NO A LA TORTURA IMPLICA PREVENIRLA, JUZGAR A QUIENES LA EJERZAN Y REPARAR A QUIENES LA HAYAN SUFRIDO.

No a la tortura requiere incluir la educación pública y funcionaria para identificarla e impedirla: El Estado de Chile no ha querido hacerlo como norma. Quienes la hayan permitido y/o ejercido deben ser juzgados, rehabilitados y ser parte de los mecanismos de reparación, incluyendo el proceso de compensación económicas y materiales que se deban incluir. Debe existir coherencia entre el ser y el hace..



El veredicto liberador reciente sobre los (mal) llamados casos bombas ha sido un paso. importante de búsqueda de procesos justos y de denuncia. Las acciones de sus jueces caso demostraron que es posible, mediante acciones valientes en pro de la justicia, precisamente, de que se haga justicia. Y establece una clara exigencia para legislar  en favor de una justicia para todos, civil, y no permitir acciones irresponsables  contra los imputados, hechas por el Estado y Gobierno ilegal e ilegítimamente. ESTO NO DEBE OCURRIR NUNCA MÁS.

Las repetidas declaraciones actuales e históricas de la CECT han siempre denunciado la tortura como práctica intolerable de una sociedad. Nuevamente, debemos insistir en que por razón alguna se puede permitir, ni de modo hipotético, el uso de la tortura. Ella determina y modifica radicalmente las responsabilidades, objetivos y mecanismos de justicia y equidad de una sociedad.  El acto de cobardía contra los jóvenes juzgados como “caso bombas” debe entenderse en el contexto de que, nuevamente, el gobierno, en su afán de intimidar a la sociedad civil y de hacerla aceptar las violaciones del derecho fundamental de opinión y  justicia, se permitió usar la represión y la tortura como mecanismos funcionales cotidianos. Funcionarios de gobierno, donde se incluye un Ministro del Interior, la apoyaron y encubrieron. Se permitieron condenar sin siquiera iniciar los juicios con cadenas perpetuas. Esto es una tortura psicológica. Se promovió a funcionarios corruptos y ávidos de poder, como un fiscal fanático, Alejandro Peña,  a llevar adelante acciones de intimidación publica, violentas y usar el aparato policiaco-judicial con despilfarro y arrogancia inmoral para quebrar la vida y derechos básicos de los detenidos. El sufrimiento impuesto a estas personas no debe quedar en el silencio ni en la simple alegría, lógica y merecida, de haber sido sobreseídos. Pero los detenidos pasaron 18 meses de ignominia en que el gobierno, usando al Estado y sus poderes ilimitados pudo hacer violaciones a la dignidad y vida de personas en forma impune. Detenciones “preventivas” injustificadas de año y medio en estos casos y de más de dos años en el de los mapuches. Todo sin justificación ni pruebas” se uso solo el engaño, los montajes y la represión.

Los detenidos sufrieron torturas cuyos efectos observamos directamente al visitarlos en la cárcel de máxima seguridad cuando ya habían pasado 8 meses encerrados por periodos de 23 horas diarias sin derecho a ver la luz natural, sufriendo tortura física y emocional. Sus familiares eran humillados al ir a verlos. La pérdida de salarios, el endeudamiento enorme por sus defensas les hipotecó su futuro. Se dieron rupturas familiares por las presiones enormes a las que fueron sometidos y por los estados emocionales insostenibles que dichas torturas y tratos inmorales de abuso y de manipulación de mediática causaron un daño que debe ser considerado bajo diferentes aspectos. Todo este abuso –que no debe excluir listas más detalladas- debe ser objeto de un análisis y de mecanismos de reparación que la Justicia no ha venido considerando ni en forma sistemática ni menos en ejecutarlo de manera que la reparación sí constituya un claro esfuerzo de ejercer procesos de verdadera justicia.

Debemos exigir que se legisle y se aseguren los mecanismos que los convenios sobre los derechos humanos que se violan en Chile –y que este caso, junto con los juicios a otros de presos políticos como los contra el pueblo Mapuche- sean efectivamente puestos para: prevenir, juzgar a sus violadores y de reparación a quienes los hayan sufrido.

1.       No a la tortura significa prevenirla:  Existen las normas para que esta no ocurra y deben ser incluidas en la educación de funcionarios en todos los niveles del aparato policial, judicial y administrativo. Y esto, en Chile no se ha respetado. Pese a las múltiples reuniones con organismos de derechos humanos, la CECT incluida, los cuerpos policiales y sus ministerios responsables se han permitido defender ese “entrenamiento” y la práctica de la tortura. Se la sigue encubriendo se la encubre.  Llegando incluso a que el ejercicio mismo del poder judicial, hasta en la Corte Suprema- la permita, aceptándola en sus decisiones contra apelaciones emblemáticas como las condenas en tres instancias (luego de dos iniciales de sobreseimiento) de los condenados mapuche de Cañete en el 2011 

2.       No a la tortura significa: que tanto la institución e individuos que la hayan practicado deben ser juzgados eficientemente.  Juzgar a cada persona que haya tenido alguna participación en dichas acciones como responsable intelectual, material o encubridor;  a quienes la promovieron al ordenar e imponer resultados por encima de las responsabilidades éticas y morales:

3.       No a la tortura significa no a una “justicia militar” que impone valores y prácticas reñidas con la ética y las normas sociales de convivencia humana responsable.  Quienes física y emocionalmente la han ejercido, deben ser juzgados por tribunales civiles y nunca más permitir que la “justicia militar” pueda hacer la pantomima inmoral de pretender hacer justicia solo para asegurar la impunidad total de funcionarios que actúan como criminales de lesa humanidad. No hay circunstancia alguna que la deba justificar: ninguna. Los que la justifiquen “por razones de estado” deben ser denunciados, expuestos y juzgados igualmente. Nuevamente insistimos: No a la tortura  en cualquier tipo de situación que se encuentre, como civil o uniformado. La tortura la debe juzgar la sociedad civil con los códigos de ética correspondientes, sin que puedan ejercerse mecanismos donde existan los conflictos de interés de haber sido perpetrador, instigador y luego de juzgar a sus propios pares. Quienes la ejercen y la imponen como forma de relación social deben ser juzgados civilmente. Siempre, en cada caso. Se debe condenar la obediencia ciega que impone los organismos militares y prohibir la obligatoriedad de obedecer en crímenes contra a humanidad.        

      Nunca más deberá aceptarse el sometimiento a condiciones de vida degradantes de grandes sectores de la sociedad –pueblo mapuche y otros pueblos originarios, trabajadores, inmigrantes, pobladores u otros- condiciones determinantes para represión que pretende justificar la tortura social. Las violaciones de la equidad están al origen de estas violaciones que se han, incluso, colocado en las leyes que la permiten. El lucro para unos pocos ha permitido la creación de verdaderos apartheids o campos de concentración de miseria y degradación humana: las demandas y resistencia a estas condiciones de vida han sido criminalizadas en favor de los sectores poderosos socio-económicos que controlan los gobiernos dictatoriales y post-dictadura, como los de Chile.  Así se llevó adelante el poder político-social-represivo que ha controlado la sociedad chilena por casi cuatro décadas.

4.       No a la tortura significa: Asegurar su denuncia sistematizada, a cada nivel y en cada lugar de trabajo. Ningún funcionario ni habitante del país debe ser expuesto a la tortura y todos debemos ser educados para identificar sus mecanismos y asegurar su erradicación. Nunca mas debemos aceptar  justificar la criminalización de las demandas por derechos fundamentales y la destrucción del tejido de fraternidad y respeto social que la sociedad humana debe promover y asegurar.

5       No a la tortura también incluye:   Asegurar la reparación de quienes hayan sido torturados material, física y emocionalmente. Y esto debe ser en las formas de que tanto el aparato del Estado y de sus poderes lo harán en todas las expresiones y ámbitos necesarios. Pero los individuos que la hayan facilitado, ejercido o encubierto deberán también participar en esa reparación: hacerlo en forma material y con compensación económica a los afectados. Quienes hayan participado en alguna forma deben ser rehabilitados por haber actuado como torturadores por comisión y omisión. La sociedad debe comprometerse a que nunca se volverá a ejercer la tortura. NUNCA

     Dr. José Venturelli, Vocero CECT-Secretariado Europeo Desde Amsterdam en viaje de discusiones con grupos de DH's y organismos de gobierno europeo sobre los derechos humanos y Chile. 03/06/2012

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